CPRG · Artículo Transitorio 4

Artículo Transitorio 4del Constitución

Gobierno de facto

Título VIII. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo Único. Disposiciones transitorias y finales

El Gobierno de la República, organizado de acuerdo con el Estatuto Fundamental de Gobierno y sus reformas, conservará sus funciones hasta que tome posesión la persona electa para el cargo de Presidente de la República.

El Estatuto Fundamental de Gobierno contenido en Decreto-Ley 24-82 de fecha 27 de abril de 1982, 36-82 de fecha 9 de junio de 1982, 87-83 de fecha 8 de agosto de 1983 y demás reformas, continuarán en vigencia hasta el momento de inicio de la vigencia de esta Constitución.

Cómo citar

Art. Transitorio 4, Constitución de Guatemala (Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985), texto al 30 de junio de 2024, codicegt.com/constitucion/articulo-t4/

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Fuente

Constitución (Asamblea Nacional Constituyente, 31 de mayo de 1985). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 30 de junio de 2024.