CódiceLeyes de Guatemala

Trabajo de menores de edad

Los artículos clave, en el orden en que conviene leerlos. Cada nota dice de qué trata el artículo; lee siempre el texto completo. No es asesoría legal.

  1. Art. 148 · Código de Trabajo Prohíbe el trabajo de menores de catorce años y el trabajo nocturno o extraordinario de menores de edad. Se prohíbe: a) El trabajo en lugares insalubres y peligrosos para varones, mujeres y menores de edad, según la determinación que de unos y otros debe hacer el reglamento, o en su defecto la Inspección General de…
  2. Art. 149 · Código de Trabajo Reduce la jornada ordinaria diurna para los menores de edad autorizados a trabajar. La jornada ordinaria diurna que indica el artículo 116, párrafo 1o., se debe disminuir para los menores de edad así: a) En una hora diaria y en seis horas a la semana para los mayores de catorce años; y b) En dos horas…
  3. Art. 150 · Código de Trabajo Permite a la Inspección General de Trabajo autorizar excepcionalmente el trabajo de menores. La Inspección General de Trabajo puede extender, en casos de excepción calificada, autorizaciones escritas para permitir el trabajo ordinario diurno de los menores de catorce años, o, en su caso, para reducir, total o…
  4. Art. 51 · Ley PINA Explotación económica Reconoce el derecho del niño y adolescente a ser protegido contra la explotación y el trabajo peligroso. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra la explotación económica, el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso para su salud física y mental o que impida su acceso a la…
  5. Art. 63 · Ley PINA Definición Define al adolescente trabajador y exige que su trabajo no interfiera con la escuela. Para los efectos de esta Ley, se entiende por adolescentes trabajadores a los que participan directamente en una actividad generadora de ingresos a nivel formal, informal o familiar. Dicho trabajo de adolescentes debe…