LPINA · Artículo 66

Artículo 66del Ley PINA

Prohibición

Libro I. Disposiciones sustantivas · Título IV. Adolescentes trabajadores · Capítulo Único. Disposiciones generales · Sección II. Profesionalización y protección

Es prohibido cualquier trabajo a adolescentes menores de catorce años de edad, salvo las excepciones establecidas en el Código de Trabajo, debidamente reglamentadas.

Cómo citar

Art. 66, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-66/

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Fuente

Ley PINA (Decreto 27-2003 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA. Fecha de corte no indicada en la fuente.