Artículo 250del Código de Trabajo
Título Séptimo. Conflictos Colectivos de Carácter Económico · Capítulo Segundo. Paros
Es paro ilegal el que no llene los requisitos que establece el artículo anterior, así como todo acto malicioso del patrono que imposibilite a los trabajadores el normal desempeño de sus labores.