LAgui · Artículo 4

Artículo 4del Ley del Aguinaldo

Los anticipos hechos al trabajador en concepto de aguinaldo durante el año, no eximen al patrono de la obligación de cancelar la totalidad de la prestación en la oportunidad prevista en este Decreto.

Cómo citar

Art. 4, Ley del Aguinaldo de Guatemala (Decreto 76-78), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-aguinaldo/articulo-4/

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Fuente

Ley del Aguinaldo (Decreto 76-78 del Congreso de la República). Texto según Congreso de la República de Guatemala (Diario de Centro América, 30 de noviembre de 1978). Fecha de corte no indicada en la fuente.

Texto original del decreto; puede no incluir reformas posteriores.