Artículo 66del Ley contra la Delincuencia Organizada
Solicitud de prórroga
Título Tercero. Métodos especiales de investigación · Capítulo Tercero. Interceptaciones telefónicas y otros medios de comunicación
El Ministerio Público solicitará la prórroga del período de la interceptación de las comunicaciones por lo menos con dos días de acordar el destino de los bienes para uso de las autoridades El juez resolverá inmediatamente con base en el informe que se le hubiere presentado.
Cuando se hubiere denegado la prórroga, el fiscal encargado del caso deberá concluir la interceptación autorizada, debiendo levantar acta y rendir informe complementario al juez competente.