Artículo 47 de la Ley de Competencia
Deliberación y decisión
Título II. Superintendencia de competencia · Capítulo II. Directorio · Sección II. Sesiones y resoluciones
Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
EI Directorio deliberará de forma colegiada y decidirá por mayoría de sus miembros, siendo únicamente válido el cuórum con la presencia de sus tres directores titulares o sus suplentes, para deliberar y votar. Cada director tiene el derecho de razonar su voto concurrente o disidente.
Los directores suplentes asistirán al Directorio con voz, pero sin voto, salvo cuando actúen en sustitución de los directores titulares.