Artículo 64 de la Ley de Competencia
Relaciones laborales
Título II. Superintendencia de competencia · Capítulo IV. Organización interna y relaciones laborales
Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las relaciones laborales entre la Superintendencia y sus trabajadores se regirán por el reglamento interno que normará el régimen de carrera administrativa, el cual emitirá el Directorio a propuesta del Superintendente y, supletoriamente, por las disposiciones contenidas en el Código de Trabajo.