Artículo 21del Ley de Contrataciones del Estado
Aprobación de los documentos de licitación
Título III. Regimen de licitacion y cotizacion publica · Capítulo I. Regimen de licitacion
Los documentos a que se refiere el Artículo 18 de esta ley, deberán ser aprobados por la autoridad administrativa superior de la dependencia, previo los dictámenes técnicos que determinen el reglamento. En todo caso se respetarán los Convenios y Tratados Internacionales acordados entre las partes, si fuere el caso.