LCE · Artículo 98

Artículo 98del Ley de Contrataciones del Estado

Régimen de concesiones

Reformado

Título IX · Capítulo Único. Contratos y concesiones sobre servicios publicos

El régimen de concesiones establecido en este capítulo regirá en todos los casos en los que no exista otra ley específica que contenga normas de concesión para ámbitos especiales

(Reformado por Artículo 1 del Decreto 20-97; y por Artículo 14 del Decreto 34-2001, ambos del Congreso de la República).

Cómo citar

Art. 98, Ley de Contrataciones del Estado de Guatemala (Decreto 57-92), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-contrataciones-del-estado/articulo-98/

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Fuente

Ley de Contrataciones del Estado (Decreto 57-92 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.