LEN · Art. 9

Artículo 9 de la Ley de Educación Nacional

Estructura

Título II. Sistema educativo nacional · Capítulo II. Ministerio de educacion

Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

El Ministerio de Educación para hacer efectiva sus funciones, se estructura en cuatro niveles.

a)Nivel de Dirección Superior.

1.Despacho Ministerial.

2.Despachos Viceministeriales.

a)Viceministro Técnico Pedagógico.

b)Viceministro Administrativo.

3.Consejo Nacional de Educación.

b)Nivel de Alta Coordinación y Ejecución

1.Direcciones Generales.

2.Direcciones Regionales.

c)Nivel de Asesoría y Planeamiento

1.Dependencias Específicas de Asesoría, Planificación, Ciencia y Tecnología.

d)Nivel de apoyo

1.Dependencias Operativas de Apoyo Logístico

Cómo citar

Art. 9, Ley de Educación Nacional de Guatemala (Decreto 12-91), codicegt.com/ley-de-educacion-nacional/articulo-9/

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Fuente

Ley de Educación Nacional (Decreto 12-91 del Congreso de la República). Texto según Ministerio de Educación (mineduc.gob.gt), información pública, edición del Decreto 12-91 (2018).

Fuente oficial: Decreto 12-91 — Ministerio de Educación (mineduc.gob.gt).

Texto del Decreto 12-91 según la edición del Ministerio de Educación (información pública, 2018), que anota dentro del texto las frases de los artículos 10, 12 y 67 declaradas inconstitucionales (expediente 3595-2013, 13 de mayo de 2014) y la del artículo 94 declarada inconstitucional parcialmente (expediente 264-2004, Diario Oficial del 30 de agosto de 2005). La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

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