LPPTE · Art. 30

Artículo 30 de la Ley de la Tercera Edad

Reformado

Capítulo IV. Régimen de Seguridad y Previsión Social TRABAJO

Gobernación Departamental de Retalhuleu · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

Las personas de la tercera edad gozarán de un porcentaje de exoneración en el consumo doméstico, de energía eléctrica, agua potable y demás servicios esenciales, cuando comprueben por medio de estudios socioeconómicos que éstos los cubren con su propio peculio, y además gozarán de los siguientes beneficios:

a)Recreación gratuita, en los Centros del Estado. Quedan obligados los Centros de Recreación del Estado a permitir el ingreso en forma gratuita a los ancianos.

b)Establecer convenios con la iniciativa privada a efecto que los ancianos gocen de descuentos especiales en un 25% en compra de medicinas, transporte, hospedaje, alimentación, ingreso a centros culturales y turísticos, así como a los artículos de la canasta básica.

c)El pago del transporte municipal y el boleto de ornato, será exonerado totalmente para los ancianos.

d)Se establece como prestación social a los ancianos, la facilitación gratuita del transporte colectivo.

e)Los ancianos tendrán trato preferencial cuando realicen gestiones personales ante las dependencias del Estado, entidades autónomas y descentralizadas así como las del sector privado.

Historial de reformas

  1. 1997

    Reformado (inciso)

    Decreto 2-97, art. 4

  2. Corte

    Texto según la fuente

    Versión que se muestra en esta página

Nota de la fuente: * Reformado el inciso a) por el Artículo 4 del Decreto Número 2-97 del Congreso de la República

Cómo citar

Art. 30, Ley de la Tercera Edad de Guatemala (Decreto 80-96), codicegt.com/ley-de-la-tercera-edad/articulo-30/

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Fuente

Ley de la Tercera Edad (Decreto 80-96 del Congreso de la República). Texto según Gobernación Departamental de Retalhuleu (gobernacionretalhuleu.gob.gt), edición del Procurador de los Derechos Humanos del Decreto 80-96 con notas de reforma (2013).

Fuente oficial: Decreto 80-96 — Gobernación Departamental de Retalhuleu (gobernacionretalhuleu.gob.gt).

Texto del Decreto 80-96 según la edición del Procurador de los Derechos Humanos (diciembre de 2013), publicada por la Gobernación Departamental de Retalhuleu. Anota las reformas de los Decretos 2-97 y 51-98 y la sentencia de la Corte de Constitucionalidad (expediente 522-2011) sobre el inciso e) del artículo 33. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

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