Artículo 46 de la Ley de Maquila
Capítulo VII. Disposiciones transitorias y finales
Ministerio de Economía · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Si el interesado no estuviere conforme con las resoluciones que dictare la autoridad administrativa competente, podrá interponer los recursos establecidos en materia aduanal y en la Ley de lo Contencioso Administrativo, según corresponda.