Artículo 48 de la Ley de Maquila
Capítulo VII. Disposiciones transitorias y finales
Ministerio de Economía · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas velarán por el estricto cumplimiento de la presente Ley y su reglamento.