Artículo 45 de la Ley de Orden Público
Capítulo X. De las reformas y vigencia de esta ley
Organismo Judicial, edición del Decreto 7 con notas de reforma · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La vigencia de esta ley se iniciará el día cinco de mayo de mil novecientos sesenta y seis.