Artículo 81del Ley de Propiedad Industrial
Solicitud y requisitos
Título II. De las marcas y otros signos distintivos · Capítulo VIII. Indicaciones geograficas y denominaciones de origen · Sección Dos. Denominaciones de origen
Quienes desempeñen su actividad productiva o trasformadora en el lugar a que hace referencia una indicación geográfica o denominación de origen nacional, agrupados en una organización sin fines de lucro, podrán solicitar el reconocimiento de la indicación geográfica o denominación de origen de que se trate. El escrito de solicitud contendrá lo siguiente:
a)La indicación geográfica o denominación de origen que se pretende registrar;
b)El pliego de condiciones a que se refiere el artículo 82; y
c)Un resumen en el que se expongan los elementos principales del pliego de condiciones:
I.el nombre de la indicación geográfica o denominación de origen;
II.la descripción del producto;
III.una descripción concisa de la zona geográfica delimitada; y,
IV.la descripción del vínculo entre el producto y el medio geográfico, especificando los elementos de la descripción del producto o del método de obtención que justifican tal vínculo. *Reformado por el Artículo 48, del Decreto del Congreso Número 11-2006 el 30-05-2006; *Reformado por el Artículo 16, del Decreto Número 3-2013 el 26-06-2013.