Artículo 15 de la Ley de Rectificación de Área
Archivo del expediente
Registro General de la Propiedad · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Al extender el testimonio, el notario pondrá razón en el expediente, indicando esa circunstancia, y dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a esa fecha, lo remitirá al Archivo General de Protocolos, para su archivo. La omisión del envío de las diligencias, dentro del plazo indicado, hará incurrir al notario en una multa de Q.25.00, que le impondrá el Director del Archivo General de Protocolos.