LRA · Art. 6

Artículo 6 de la Ley de Rectificación de Área

Solicitud

Registro General de la Propiedad · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

El o los interesados, al requerir los servicios del notario para la iniciación del expediente, lo harán bajo juramento, debiendo aportar la siguiente información y documentos:

a)Nombre exacto del o de los requirentes y sus datos de identificación personal;

b)Dirección del inmueble, cuya rectificación de área se solicita, con indicación de sus números registrales;

c)Relación del área que aparece inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble, y la afirmación de que la superficie real es inferior a la inscrita;

d)Nombre y dirección del ingeniero medidor que se proponga; y

e)Certificación extendida por el Registro de la Propiedad Inmueble que corresponda en la que conste la primera y la última inscripciones de dominio del inmueble, cuya rectificación de área se pretende.

Cómo citar

Art. 6, Ley de Rectificación de Área de Guatemala (Decreto-Ley 125-83 del Jefe de Estado), codicegt.com/ley-de-rectificacion-de-area/articulo-6/

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Fuente

Ley de Rectificación de Área (Decreto-Ley 125-83 del Jefe de Estado). Texto según Registro General de la Propiedad (rgp.org.gt), texto del Decreto-Ley 125-83.

Fuente oficial: Decreto-Ley 125-83 — Congreso de la República (congreso.gob.gt).

Texto del Decreto-Ley 125-83 según la publicación del Registro General de la Propiedad (PDF de octubre de 2007). No se verificaron reformas posteriores.

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