Artículo 37del Ley de Servicio Civil
Autoridad y responsabilidad del director de la oficina nacional
Título IV · Capítulo Único. Clasificación de puestos
DE SERVICIO CIVIL. El Director tiene autoridad y responsabilidad para hacer modificaciones en el Plan de Clasificación y revisar periódicamente todos los puestos sujetos al plan. Estas modificaciones regirán inmediatamente después de ser aprobadas por el Presidente de la República.