LITF · Art. 44

Artículo 44 de la Ley de Timbres Fiscales

Otras exenciones

Título VII. De las disposiciones generales, transitorias, de las derogatorias y de la vigencia · Capítulo II. Disposiciones transitorias

Superintendencia de Administración Tributaria · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

Los créditos bancarios que estén autorizados antes de la vigencia de esta ley, pero cuyos primeros testimonios no hayan sido emitidos, quedan incluidos en la exención a que se refiere el Artículo 11 de este decreto.

Cómo citar

Art. 44, Ley de Timbres Fiscales de Guatemala (Decreto 37-92), codicegt.com/ley-de-timbres-fiscales/articulo-44/

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Fuente

Ley de Timbres Fiscales (Decreto 37-92 del Congreso de la República). Texto según Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), portal.sat.gob.gt.

Fuente oficial: Decreto 37-92 — Superintendencia de Administración Tributaria (portal.sat.gob.gt).

Texto del Decreto 37-92 con las notas de reforma que anota la SAT: Decretos 70-94, 44-2000, 80-2000, 34-2002, 88-2002, 15-2009, 4-2012, 10-2012 y 19-2013. La SAT no declara fecha de corte.

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