Artículo 45 de la Ley de Timbres Fiscales
Del papel a emplearse
Título VII. De las disposiciones generales, transitorias, de las derogatorias y de la vigencia · Capítulo II. Disposiciones transitorias
Superintendencia de Administración Tributaria · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
A partir de la vigencia de la presente ley, se utilizará en sustitución del papel sellado, papel que tenga las características que se consignan en el numeral 10 del Artículo 33, debiéndose adherir los timbres correspondientes. Se continuará utilizando el papel sellado hasta agotar las existencias.