Artículo 20 de la Ley de Tribunales de Familia
Capítulo V. Disposiciones generales
CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Normativa Aplicada en Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las disposiciones de la Ley Constitutiva del Organismo Judicial (Decreto gubernativo 1862) y del Código Procesal Civil y Mercantil (Decreto-Ley número
107), son aplicables supletoriamente a la organización, funcionamiento y procedimiento de los Tribunales de Familia, en cuanto no contraríen lo dispuesto en esta ley.