Artículo 215del Ley de Propiedad Industrial
Normas supletorias
Título VII. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo II. Disposiciones finales
Las disposiciones de la Ley del Organismo Judicial, del Código Procesal Civil y Mercantil y de la Ley de lo Contencioso Administrativo, se aplicarán supletoriamente en todo lo que no esté expresamente regulado por esta Ley.