Artículo 6 de la Ley del Organismo Ejecutivo
Autoridad superior del Organismo Ejecutivo
Capítulo II. Autoridad superior
Oficina Nacional de Servicio Civil · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La autoridad administrativa superior del Organismo Ejecutivo es el Presidente de la República. El Presidente de la República actuará siempre con los Ministros, en Consejo de Ministros o separadamente con uno o más de ellos, en todos los casos en que de sus actos surjan relaciones jurídicas que vinculen a la administración pública.