Artículo 53 de la Ley del RENAP
Impresión de medidas de seguridad en el documento
Reformado
Capítulo IX. Del documento personal de identificación
Registro Nacional de las Personas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Documento Personal de Identificación será impreso y procesado con materiales y técnicas que le otorguen condiciones de inalterabilidad, calidad e intransferibilidad de sus datos; su tamaño y demás características físicas deberán ser conforme a los estándares internacionales tales como ANSI/NIST, ANSI/INCITS, ISO y normas aplicables de ICAO a este tipo de documentos, sin perjuicio de la eficiencia y agilidad de su expedición. Los materiales empleados en su fabricación, así como los procedimientos propios de la misma, deben procurarle la mayor fiabilidad frente a cualquier intento de reproducción, manipulación o falsificación.
Historial de reformas
- 2008
Reformado
Decreto 23-2008, art. 4
- Corte
Texto según la fuente
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Nota de la fuente: *Reformado por el Artículo 4, del Decreto Número 23-2008 el 17-05-2008