Artículo 91 de la Ley del RENAP
Tercero Transitorio
Capítulo XIII. De las disposiciones transitorias
Registro Nacional de las Personas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Temporalidad de la Cédula de Vecindad. En el proceso electoral 2007, el único documento válido para votar tanto en la primera y segunda vuelta será la Cédula de Vecindad, por lo que los ciudadanos deberán conservarla para este efecto sin importar la fecha en que haya iniciado el proceso de emisión del Documento Personal de Identificación.
Asimismo, para el solo efecto de reposición de la Cédula de Vecindad por pérdida o deterioro, de las personas naturales que figuren en el padrón electoral, los Registros de Vecindad continuarán realizando dicha función.