Artículo 39 de la Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos
Capítulo IX. De las disposiciones finales y transitorias
Superintendencia de Administración Tributaria · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Cuando las infracciones a la presente ley tengan como origen dolo o culpa de los empleados públicos encargados de la aplicación del impuesto, se impondrá a los mismos las sanciones que de conformidad con las leyes que regulan la actuación de los empleados y funcionarios públicos correspondan, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que pudieran derivarse de su actuación.