Artículo 108 de la Ley Integral Antilavado
Título V. Reformas legales · Capítulo II. Reformas al decreto número 21-2006 del Congreso de la República de Guatemala, ley contra la delincuencia organizada
Banco de Guatemala · Texto al 17 de junio de 2026 · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Se reforma el inciso b) del artículo 3 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, Decreto Número 21-2006 del Congreso de la República de Guatemala, el cual queda así:
“b) De los contenidos en la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo: lavado de dinero u otros activos y financiamiento del terrorismo;”