Artículo 37del Ley del IVA
De los libros de compras y de ventas
Reformado
Título III. De la administracion del impuesto · Capítulo III. De los libros y registros
Independientemente de las obligaciones que establece el Código de Comercio en cuanto a la contabilidad mercantil, los contribuyentes deberán llevar y mantener al día un libro de compras y servicios recibidos y otro de ventas y servicios prestados. El reglamento indicará la forma y condiciones que deberán reunir tales libros que podrán ser llevados en forma manual o computarizada.
Se entiende, a los efectos de fiscalización del impuesto, que los registros de compras y ventas están al día, si han sido asentadas en ellos las operaciones declaradas dentro de los dos meses siguientes a que corresponda la declaración presentada.
* Corregido el primero párrafo por el numeral 13 de la Fe de Errata del 23 de junio de 1992.
* Corregido el segundo párrafo, por el numeral 14 de la Fe de Errata del 23 de junio de 1992.
* El segundo párrafo reformado por el Artículo 22 del Decreto Número 60-94 del Congreso de la República. * El segundo párrafo reformado por el Artículo 17 del Decreto Número 142-96 del Congreso de la República.