Artículo 121del Ley PINA
Medios de prueba
Libro III. Disposiciones adjetivas · Título I. Niñez y adolescencia amenazada o violada en sus derechos humanos · Capítulo II. Medidas de proteccion para la niñez y la adolescencia, amenazada o violada en sus derechos humanos · Sección VII. Medios de prueba
La Procuraduría General de la Nación, a fin de proporcionar al juez la información requerida, realizará o solicitará entre otras, las siguientes diligencias:
a)Estudios sobre situación socioeconómica y familiar del niño, niña y adolescente.
b)Informes médicos y psicológicos de los padres, tutores o responsables.
c)Requerir a cualquier institución o persona involucrada, cualquier información que contribuya a restablecer los derechos del afectado.