Artículo 88del Ley PINA
Atribuciones de la comisión
Libro II. Disposiciones organizativas · Título Único. Organismos de protección integral · Capítulo II. Comisión nacional de la niñez y de la adolescencia
Son atribuciones de la Comisión Nacional de la Niñez y la Adolescencia, las siguientes:
a)Formular y aprobar las políticas de protección integral de la niñez y la adolescencia y velar porque en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado se incluyan las asignaciones correspondientes.
b)Trasladar las políticas de protección integral formuladas, al Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural y a los ministerios y dependencias del Estado, para su incorporación en sus políticas de desarrollo.
c)Promover, coordinar y fiscalizar la ejecución de las políticas de protección integral de la niñez y la adolescencia.
d)Obtener recursos para su funcionamiento.
e)Divulgar los derechos de la niñez y la adolescencia, su situación, así como las políticas que se formulen.
f)Otras establecidas en el marco de la legislación nacional e internacional congruentes con la protección integral de la niñez y la adolescencia.