LVET · Artículo 70

Artículo 70del Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata

Vigencia

Disposiciones finales

La presente Ley entrará en vigencia quince días después de su publicación en el Diario Oficial.

Cómo citar

Art. 70, Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Guatemala (Decreto 9-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-vet/articulo-70/

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Fuente

Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata (Decreto 9-2009 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.