Artículo 15del Código Civil
Son personas Jurídicas
Reformado
Libro Primero. De las personas y de la familia · Título I. De las personas · Capítulo II. De las personas jurídicas
1.El Estado, las municipalidades, las iglesias de todos los cultos, La Universidad de San Carlos y las demás instituciones de derecho público creadas o reconocidas por la ley;
2.Las fundaciones y demás entidades de interés público creadas o reconocidas por la ley.
3.Las asociaciones sin finalidades lucrativas y las Organizaciones No Gubernamentales, que se proponen promover, ejercer y proteger sus intereses sindicales, políticos, económicos, religiosos, sociales, culturales, profesionales o de cualquier otro orden, cuya constitución fuere debidamente aprobada por la autoridad respectiva. Los patronatos y los comités para obras de recreo, utilidad o beneficio social creados o autorizados por la autoridad correspondiente se consideran también como asociaciones. Las Organizaciones No Gubernamentales u ONG se rigen por una ley específica; y
4.. Las sociedades, consorcios y cualesquiera otras con fines lucrativos que permitan las leyes.
(Numeral reformado por el Artículo 2 del Decreto-Ley 218). (Numeral reformado por el Artículo 17 del Decreto 4-2020 del Congreso de la República). (Numeral reformado por el Artículo 2 del Decreto-Ley 218)