Artículo 1015 del Código de Comercio
Préstamos sobre póliza
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo X. Del contrato de seguro · Sección Tercera. Del seguro de personas
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Cuando una póliza tenga valor de rescate, el asegurado tendrá derecho a préstamos automáticos para el pago de primas y a préstamos personales, en ambos casos con garantía de la póliza. El asegurador cobrará el interés pactado en el contrato, haciendo aplicación de la norma del artículo 691 de este Código.
La obligación de pagar intereses termina al vencimiento del seguro, cuando el asegurado haya cumplido con las estipulaciones del mismo o las reservas para el pago automático de primas que cubran tal responsabilidad.