Artículo 294 del Código de Comercio
Libre Intervención
Libro I. De los comerciantes y sus auxiliares · Título II. Auxiliares de los comerciantes · Capítulo III. Corredores
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los comerciantes no están obligados a solicitar la intervención de corredor para la celebración de sus contratos, cuando ocuparen como tal a una persona que no esté autorizada, ésta queda sujeta a las disposiciones que comprenden a los corredores autorizados, sin perjuicio de las responsabilidades penales establecidas.