Artículo 381 del Código de Comercio
Comprobación de Operaciones
Libro II. De las obligaciones profesionales de los comerciantes · Título III. De la contabilidad y correspondencia mercantiles · Capítulo I. Contabilidad
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Toda operación contable deberá estar debidamente comprobada con documentos fehacientes, que llenen los requisitos legales y sólo se admitirá la falta de comprobación en las partidas relativas a meros ajustes, traslado de saldos, pases de un libro a otro o rectificaciones.