Artículo 372 del Código de Comercio
Autorización de libros o registros
Libro II. De las obligaciones profesionales de los comerciantes · Título III. De la contabilidad y correspondencia mercantiles · Capítulo I. Contabilidad
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los libros de inventarios y de primera entrada o diario, el mayor o centralizador y el de estados financieros, deberán ser autorizados por el Registro Mercantil.