Artículo 382 del Código de Comercio
Documentación y Correspondencia
Libro II. De las obligaciones profesionales de los comerciantes · Título III. De la contabilidad y correspondencia mercantiles · Capítulo II. Correspondencia y documentación
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Todo comerciante debe conservar, en forma ordenada y organizada, durante no menos de cinco años, los documentos de su empresa, salvo lo que dispongan otras leyes especiales.