Artículo 453 del Código de Comercio
Lugar de presentación
Libro III. De las cosas mercantiles · Título Primero. De los titulos de credito · Capítulo V. De la letra de cambio · Sección Segunda. De la aceptación
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La letra de cambio debe ser presentada para su aceptación en el lugar y dirección designados en ella. A falta de indicación del lugar, la presentación se hará en el establecimiento o en la residencia del librado. Si se señalaren varios lugares el tenedor podrá escoger cualquiera de ellos.