CMig · Artículo 66

Artículo 66del Código de Migración

Impedimentos para el ingreso

Libro I. Derechos en General · Título II. Derecho Migratorio · Capítulo III. Ingreso de personas extranjeras a Guatemala

Además de las disposiciones administrativas que se dispongan por el Instituto Guatemalteco de Migración, son impedimentos para ingresar al país:

a)Por razones de orden y seguridad pública.

b)Ser señalado de la comisión de delitos contenidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

c)Ser perseguido penalmente por delitos de orden común contra la vida, la propiedad y la libertad.

d)Tener orden de captura internacional.

Cómo citar

Art. 66, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-66/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.