Artículo 95del Código de Migración
Nulidad y anulabilidad
Libro I. Derechos en General · Título II. Derecho Migratorio · Capítulo VIII. Documentos de identidad y de viaje · Sección I. Documentos de identidad
Los pasaportes son nulos cuando no son emitidos por el Instituto Guatemalteco de Migración, no cumplen con las características definidas en el presente Código o su reglamento y cuando se les ha incorporado visas falsas de otros países.
Son anulables cuando por hurto, robo, extravió, deterioro y otros, son declarados anulados mediante el procedimiento de denuncia o reporte correspondiente.
Cuando es alterada la información que de acuerdo al presente Código y su reglamento es obligatorio que posea, se ha alterado la información de la persona a quien identifica, se ha alterado sus formas y cuando ha expirado por cumplirse su plazo de vigencia.