Artículo 96del Código de Migración
Denuncias y reportes
Libro I. Derechos en General · Título II. Derecho Migratorio · Capítulo VIII. Documentos de identidad y de viaje · Sección I. Documentos de identidad
. Cuando un pasaporte se haya extraviado, robado o hurtado, la persona debe acompañar constancia de denuncia expedida por la autoridad que corresponda para la obtención del nuevo pasaporte.
Cuando el pasaporte se ha deteriorado o destruido, es suficiente con carta firmada por el titular del mismo y presentación del documento original.
El procedimiento a seguir será regulado en el reglamento correspondiente.
En el caso de guatemaltecos fuera del país, si las condiciones lo permiten debe acompañar denuncia presentada ante la autoridad competente del país en donde se encuentre. En todo caso, el Cónsul deberá extenderle un documento de viaje con vigencia de noventa días.