Artículo 44del Código de Notariado
Título IV. Formalidades especiales para testamentos y otras escrituras
En los testamentos y donaciones por causa de muerte son formalidades esenciales, además de las consignadas en el artículo 31, las siguientes:
1ºLa hora en que se otorgan;
2ºLa presencia de dos testigos;
3ºLa expresión por el testador, de su última voluntad;
4ºLa lectura del testamento o de la donación, en su caso; y
5ºLas firmas: del otorgante o su impresión digital, en su caso; de los testigos y del Notario, y de los intérpretes, si los hubiere.