CNot · Artículo 44

Artículo 44del Código de Notariado

Título IV. Formalidades especiales para testamentos y otras escrituras

En los testamentos y donaciones por causa de muerte son formalidades esenciales, además de las consignadas en el artículo 31, las siguientes:

1ºLa hora en que se otorgan;

2ºLa presencia de dos testigos;

3ºLa expresión por el testador, de su última voluntad;

4ºLa lectura del testamento o de la donación, en su caso; y

5ºLas firmas: del otorgante o su impresión digital, en su caso; de los testigos y del Notario, y de los intérpretes, si los hubiere.

Cómo citar

Art. 44, Código de Notariado de Guatemala (Decreto 314), texto al 30 de abril de 2014, codicegt.com/codigo-de-notariado/articulo-44/

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Fuente

Código de Notariado (Decreto 314 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 30 de abril de 2014.