Artículo 233del Código de Salud
Causas de prohibicion de ejercer temporalmente alguna actividad u oficio
Libro III. Infracciones contra la salud y sus sanciones · Título Único · Capítulo II. Parte especial · Sección VI. De las infracciones sancionadas con prohibicion de ejercer temporalmente alguna actividad u oficio
Será sancionado con la prohibición de ejercer alguna actividad u oficio, durante el plazo de uno a seis meses, quien cometa alguna de las infracciones siguientes:
1.Laborar en establecimientos de fabricación, preparación o expendio de alimentos, sin cumplir con los requisitos de salud personal que garanticen la inocuidad de los alimentos.
2.Derogado.
3.Derogado.
* Declarados inconstitucionales los numerales 2 y 3 según Expediente Número 194-98 el 19-12-1998