Artículo 111del Código Municipal
Ámbito de aplicación
Reformado
Título VI. Hacienda municipal · Capítulo II. Endeudamiento municipal
El ámbito de aplicación del presente Capitulo será para todas las municipalidades, empresas, entidades u otras figuras jurídicas municipales de carácter descentralizado que tienen presupuestos independientes, pero dependen financieramente de aportes del Gobierno Central, del Instituto de Fomento Municipal o de alguna municipalidad.
Los préstamos que sean contratados y no cumplan con los requisitos establecidos en este capitulo, lo establecido en el artículo 15 de la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento, o les contravengan, serán nulos de pleno derecho, siendo civil, penal y administrativamente responsables por su contratación, conforme a la ley, el Concejo o autoridad municipal que lo acuerde y el representante legal de la entidad financiera o personal individual que lo autorice.
*Reformado por el Artículo 31, del Decreto Número 22-2010 el 22-06-2010