Artículo 152del Código Penal
Delito por dolo o culpa
Libro Segundo. Parte especial · Título I. De los delitos contra la vida y la integridad de la persona · Capítulo VI. Del delito deportivo
Quien, aprovechando su participación en el ejercicio de cualquier deporte, causare, de propósito y con infracción a las reglas o indicaciones correspondientes, un resultado dañoso, será responsable del hecho resultante e incurrirá en las sanciones que este Código señala para cada caso.
Si el resultado dañoso se causare sin propósito pero con infracción de las reglas o indicaciones respectivas, el responsable será sancionado a título de culpa.