Artículo 274 Gdel Código Penal
Programas destructivos
Reformado
Libro Segundo. Parte especial · Título VI. De los delitos contra el patrimonio · Capítulo VII. De los delitos contra el derecho de autor, la propiedad industrial y delitos informáticos
Será sancionado con prisión de seis meses a cuatro años, y multa de doscientos a mil quetzales, al que distribuyere o pusiere en circulación programas o instrucciones destructivas, que puedan causar perjuicio a los registros, programas o equipos de computación.
(Adicionado por Artículo 19 del Decreto 33-96 del Congreso de la República).