Artículo 227del Código Procesal Civil y Mercantil
Intimación
Libro Segundo. Procesos de conocimiento · Título II. Juicio oral · Capítulo VII. Declaratoria de jactancia
Al emplazar al demandado, el juez le intimará para que en la audiencia que señale confiese o niegue los hechos imputados bajo apercibimiento de que, en caso de rebeldía, se tendrán por ciertos los hechos en que se funda la demanda.