Artículo 26del Código Procesal Civil y Mercantil
Concordancia entre la petición y el fallo
Libro Primero. Disposiciones generales · Título II. Personas que intervienen en los procesos · Capítulo I. Jueces
El juez deberá dictar su fallo congruente con la demanda y no podrá resolver de oficio sobre excepciones que sólo puedan ser propuestas por las partes.