Artículo 404del Código Procesal Civil y Mercantil
Oposición
Libro Cuarto. Procesos especiales · Título I. Jurisdiccion voluntaria · Capítulo I. Disposiciones comunes
Si a la solicitud se opusiere alguno que tenga derecho para hacerlo, el asunto será declarado contencioso, para que las partes acudan a donde corresponde a deducir sus derechos.
Si la solicitud se hiciere por quien no tenga derecho en el asunto, el juez la rechazará de oficio.